Bases reguladoras del XV premio de relatos cortos Joan Castelló Guasch
Texto
De conformidad con lo establecido en el artículo 9.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, a continuación se hacen públicas las bases reguladoras del XV Premio de relatos cortos Joan Castelló Guasch, aprobados por resolución del consejero ejecutivo del Departamento de Educación, Patrimonio, Cultura, Deportes y Juventud del Consell Insular de Eivissa, de fecha 9 de octubre de 2017, siguientes:
BASES REGULADORAS DEL XV PREMIO DE RELATOS CORTOS JOAN CASTELLÓ GUASCH
1. Justificación
El Consell Insular de Eivissa organiza este premio como homenaje a Joan Castelló Guasch (Eivissa, 1911, Palma, 1984). Castelló está considerado un importante prosista y folclorista; fue autor de los reconocidos tomos de rondalles eivissenques i formentereres y del almanaque El Pitiuso (que apareció entre 1945 y 1979); Tuvo así mismo, un importante eco como autor de guías turísticas y como colaborador en la prensa local con artículos sobre aspectos lingüísticos, socioeconómicos y, sobre todo, con los relacionados con la cultura popular de las islas Pitiüses.
El artículo 70.18 del Estatuto de Autonomía de las Islas Baleares dice que es competencia propia de los consejos insulares el fomento y difusión de la creación y producción literaria, Así mismo, la Ley 6/1994, de día 13 de diciembre, de atribución de competencias a los consejos insulares en materia de patrimonio histórico, de promoción sociocultural, de animación sociocultural, de depósito legal de libros y de deportes, atribuye a los consejos insulares la competencia en promoción sociocultural.
2. Objeto
El Consell Insular de Eivissa, a través de su Departamento de Educación, Patrimonio, Cultura, Deportes y Juventud, convoca la quincena edición del Premio de relatos cortos Joan Castelló Guasch con el objeto de fomentar la creación literaria en la nuestra sociedad.
3. Régimen jurídico
Esta convocatoria se regirá por las presentes bases, por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, por el Real decreto 887/2006, de 21 de julio, que aprueba el Reglamento de la Ley general de subvenciones y por el Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, que aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones de las Islas Baleares.
4. Participantes
Puede participar en este premio cualquier escritor/a en lengua catalana que haya nacido o resida en el Estado español.
5. Crédito presupuestario y cuantía del premio
La dotación del premio será de 2.500 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 3340 48100 de los vigentes presupuestos.
Además la obtención del premio supondrá la publicación, por parte del CIE, de la obra premiada. El importe del premio se ha de entender como pago de los derechos de autor/a de la primera edición.
La percepción de los premios estará sujeta a la normativa fiscal legal vigente. No existirá obligación de practicar retención o ingreso a cuenta, en virtud de lo dispuesto en el artículo 3.1 del Reglamento del impuesto sobre la renta de las personas físicas aprobado por Real decreto 439/2007, de 30 de marzo.
6. Características formales de los trabajos a presentar
· Las obras se han de presentar escritas en lengua catalana
· Ha de ser una recopilación de narraciones originales e inéditas, y no puede haber estado premiado ni el conjunto de narraciones ni ninguna de estas individualmente en otros certámenes literarios.
· La persona participante se responsabiliza (mediante la firma de la declaración responsable que figura en el anexo 1 de estas bases) que cada una de las narraciones presentadas son originales (no publicadas en ningún formato) y no han estado premiadas en otros certámenes literarios.
· La recopilación presentada ha de estar formada por un mínimo de cinco relatos y un máximo de diez.
· Cada relato ha de tener una extensión mínima de tres folios y un máximo de diez, en formato DIN-A4 y cuerpo de letra 12.
· No se pueden presentar trabajos manuscritos.
· No se admitirán narraciones que vayan firmadas por el/la autor/a.
7. Plazo de presentación de los trabajos y publicidad de la convocatoria
Se establece un plazo de quince (15) días, que se inicia al día siguiente de la publicación del extracto de la convocatoria en el Butlletí Oficial de les Illes Balears (BOIB), para presentar los trabajos de la forma que establece la base 8, en el Registro General de Entrada del Consell Insular d’Eivissa o en las otras formas previstas en el articulo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Una vez aprobadas las bases, se publicarán en el Butlletí Oficial de les Illes Balears. Posteriormente se remitirá la convocatoria y el extracto de la convocatoria a la Base de Datos Nacional de Subvenciones que dará traslado al Butlletí Oficial de les Illes Balears del extracto para su publicación, tal como establece la normativa vigente de subvenciones. La eficacia de la convocatoria queda supeditada a la publicación del extracto en el BOIB.
8. Forma y lugar de presentación de los trabajos
8.1 Formato de los trabajos: Los originales se han de presentar en soporte digital, donde se incluirán los ficheros en formato PDF con todo el texto de los relatos. No han de constar agradecimientos de ningún tipo ni ningún otro dato que permita identificar al autor/a.
8.2. Forma de presentación de los trabajos: Las personas participantes en este concurso literario deberán presentar la siguiente documentación:
– Instancia general del Consell Insular d’Eivissa, que podrán encontrar en el Registro General de Entrada o en la página web www.conselldeivissa.es\Impresos. Habrá de constar un nombre, un DNI, una dirección y un teléfono de contacto que no han de coincidir con el del autor/a, para garantizar su anonimato. Así mismo, es imprescindible que en aquesta instancia se haga constar el seudónimo del autor/a.
– Un sobre, adjunto a la instancia general. En su parte de fuera, habrán de constar: “XV Premi Joan Castelló Guasch de relats curts 2017”, Departament d’Educació, Patrimoni, Cultura, Esports i Joventut del Consell Insular d’Eivissa y el seudónimo del autor/a, y en el interior del sobre habrá:
– Una ficha en la cual figuren los datos personales y de contacto del autor/a (nombre y apellidos, fotocopia del DNI o pasaporte, dirección, correo electrónico y teléfono de contacto).
– Declaración responsable (anexo I de estas bases) de no estar sometido en ninguna de les prohibiciones para obtener la condición de beneficiario de subvenciones, previstas en el articulo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y de estar al corriente de las obligaciones tributarias con la hacienda estatal y autonómica, con la Seguridad Social y con este Consell Insular y que ninguna de las narraciones no ha estado publicada en ningún formato ni premiada en otros certámenes literarios.
– Hoja de solicitud de transferencia bancaria del Consell Insular d’Eivissa, debidamente cumplimentada y firmada por la persona interesada y sellada y firmada por la entidad bancaria.
Este sobre con los datos personales y de contacto solo se abrirá cuando la decisión del jurado esté tomada y solo el que contenga los datos de la persona ganadora.
Otro sobre en el cual figuren, en la parte de fuera, la denominación “XV Premi Joan Castelló Guasch de relats curts 2017”, Departament d’Educació, Patrimoni, Cultura, Esports i Joventut del Consell Insular d’Eivissa y el seudónimo del autor/a, y en el interior del sobre: los trabajos en soporte digital presentados al premio.
8.3. Lugar de presentación de los trabajos: Los trabajos participantes en este Premi de relats curts Joan Castelló Guasch 2017 podrán presentarse en el Registro de Entrada del Consell Insular d’Eivissa, av. de España, 49, 07800, Eivissa, y en las otras formas previstas en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
9. Jurado del premio
El jurado del premio es el órgano colegiado que actúa como comisión evaluadora y al cual corresponden las funciones siguientes:
· Evaluar y cualificar la creación literaria, el proceso de elaboración y otros aspectos lingüísticos y literarios que se consideren necesarios.
· Constatar que las obras presentadas coinciden con las características establecidas en la base 6.
· Emitir un acta que servirá de base para elaborar la propuesta de resolución.
Participar en este Premio significa la aceptación de sus bases. El veredicto del jurado será inapelable y este tiene la potestad tanto de proponer declararlo desierto como de concederlo ex aequo.
El jurado estará integrado por:
Presidente/a: Sr. Carles Torres Torres, escritor y filólogo ibicenco, ganador de este premio en dos ediciones anteriores; suplente: Sra. Fani Tur Riera, escritora y también ganadora del premio.
Vocales: Tres personas de reconocido prestigio en el ámbito literario de la isla d’Eivissa:
-Sr. Joan Cardona Torres; suplente: Sr. Bartomeu Ribes Guasch
-Sr. Albert Prats Costa; suplente: Sr. Joan Manuel Matoses Morant
-Sr Joan Amorós i Salinas; suplente: Sr. Ben Clark
Secretario/a: Joan-Albert Ribas Fuentes, funcionario del Departamento de Educación, Patrimonio, Cultura, Deportes y Juventud; suplente: Maria Antònia Costa Costa, funcionaria del mismo Departamento.
10. Instrucción y resolución
El Departamento de Educación, Patrimonio, Cultura, Deportes y Juventud del Consell d’Eivissa será el competente para instruir el procedimiento de este concurso. Con fundamento en el acta del jurado y en la propuesta del órgano instructor, el premio se concederá mediante resolución del consejero ejecutivo del Departamento de Educación, Patrimonio, Cultura, Deportes y Juventud, todo de conformidad con el Decreto de Presidencia núm. 287/2015, de determinación de las atribuciones correspondientes a los diferentes órganos del Consell Insular d’Eivissa.
11. Pago del premio
El pago del premio a la persona ganadora se hará mediante transferencia bancaria. Por lo que la persona concursante tiene que haber aportado en el sobre previsto en la base 8.2, la hoja de transferencia bancaria. Este documento se puede obtener en el Consell Insular d’Eivissa y en su página web www.conselldeivissa.es.
12. Derechos sobre los trabajos ganadores
La persona ganadora mantiene su derecho de autoría sobre la obra premiada y el Consell Insular d’Eivissa se reserva el derecho de edición de la mencionada obra.
13. Obligaciones de las persones participantes
El hecho de participar en este certamen literario supondrá la plena aceptación de estas bases, de manera que quedarán excluidas las obras y las personas participantes que no cumplan los requisitos que se establezcan.
Así mismo, la participación en este premio de relatos comporta la aceptación de las decisiones del jurado, que serán inapelables.
Igualmente será obligación de la persona ganadora estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y con el Estado español, con la Seguridad Social y con el mismo Consell Insular d’Eivissa y cumplir con lo dispuesto en el artículo 13 (Requisitos para obtener la condición de beneficiario o entidad colaboradora) y en el artículo 14 (Obligaciones de los beneficiarios) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
14. Régimen de recursos
La resolución del consejero ejecutivo del Departamento de Educación, Patrimonio, Cultura, Deportes y Juventud por la cual se aprueban estas bases reguladores no acaba la via administrativa.
Contra dicha Resolución se podrá interponer ante la Presidencia del Consell Insular el recurso de alzada previsto en los artículos 112.1, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, en el plazo de un mes desde el día siguiente de la publicación de estas bases reguladoras en el BOIB, todo ello en virtud de lo que disponen los artículos 22.2 de la Ley 8/2000, de 27 de octubre, de consejos insulares y el artículo 147.1 del Reglamento orgánico del Consell Insular d’Eivissa (publicado en el BOIB núm. 136 de 18/09/10, corrección en el BOIB núm. 148 de 14/10/10, modificación en el BOIB núm. 48 de 16/04/16). El recurso habrá de resolverse en el plazo de tres meses, transcurridos los cuales se entenderá desestimado y quedará abierta la vía contenciosa administrativa.
Todo eso sin perjuicio de cualquier otro recurso o acción que se considere pertinente.
15. Normativa reguladora
Esta convocatoria se rige por las presentes bases, por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, por el Real decreto 887/2006, de 21 de julio, que aprueba el Reglamento de la Ley general de subvenciones y por el Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, que aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones de las Illes Balears.
Anexo I
CONVOCATORIA DE LA XV EDICIÓN DEL PREMI DE RELATS CURTS JOAN CASTELLÓ GUASCH
DECLARACIÓN RESPONSABLE
Nombre: |
NIF: |
Hago la siguiente DECLARACIÓN RESPONSABLE al Consell Insular d’Eivissa:
1. Reúno todas y cada una de las condiciones exigidas para poder solicitar subvención ante esta Corporación y no incurro en ninguna de las circunstancias de prohibiciones que prevé el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, para ser beneficiario/a, y me comprometo a mantener el cumplimiento de las anteriores condiciones durante el período de tiempo inherente al dicho reconocimiento o ejercicio, y en el caso que haya alguna variación, a comunicarlo a esta administración en el plazo no superior a tres días.
2. Me encuentro al corriente de las obligaciones tributarias ante la Administración tributaria (estatal y autonómica), ante la Seguridad Social y ante la hacienda del Consell Insular d’Eivissa, según lo establecido en la normativa vigente (Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas) para obtener el reconocimiento de un derecho o facultad o para su ejercicio; dispongo de la documentación que así lo acredita, y la pongo a disposición de la administración cuando me sea requerida; así mismo, me comprometo a mantener el cumplimiento de las anteriores obligaciones durante el período de tiempo inherente al dicho reconocimiento o ejercicio, y en el caso que haya alguna variación, a comunicarlo a esta administración en el plazo no superior a tres días.
3. Ninguna de las narraciones ha estado publicada en ningún formato ni premiada en otros certámenes literarios.
(Firma)
___________________, ______ d ___________________ de 201___
Eivissa, 10 de octubre de 2017
La secretaria técnica de Medio Ambiente, Agricultura,
Cultura, Educación, Patrimonio, Deportes y Juventud
Maria Catalina Tur Torres